Guía
Contrato fotográfico
Qué revisar antes de firmar con un fotógrafo o un estudio: los datos que deben quedar por escrito y las cláusulas del contrato tipo que publica Profeco para servicios de estudio fotográfico.

Qué debe quedar por escrito antes de pagar
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) publica un contrato tipo para servicios de estudio fotográfico. Úsalo como referencia para revisar el que te ofrezcan; antes de pagar el anticipo, comprueba que diga:
- El precio total, con su desglose.
- El anticipo y las fechas de pago.
- La fecha, el lugar y la duración de la sesión o del evento.
- El formato en que recibirás el material.
- Las fechas de entrega.
Cláusulas del contrato tipo de Profeco
Estas son algunas de las cláusulas del contrato tipo. Aplican en los términos del contrato que firmes, así que compáralas con el tuyo:
- Cancelación: tienes 5 días hábiles después de firmar para cancelar sin penalización, salvo que hayas contratado dentro de los 5 días hábiles previos al evento.
- Garantía: 60 días naturales a partir de la entrega para reclamar si el servicio no corresponde con lo contratado.
- Cambios: un cambio de lugar u horario se avisa con al menos 3 días hábiles de anticipación.
- Incumplimiento: pena convencional del 20 % del monto total; si el incumplimiento es del prestador, además debe devolver lo pagado.
- Conservación: el prestador guarda el material durante 12 meses desde la firma del contrato.
- Quejas: las quejas y reclamaciones se atienden en un plazo máximo de 48 horas.
Fuente: Procuraduría Federal del Consumidor — Contrato tipo de prestación de servicios de estudio fotográfico, consultada el 28 de octubre de 2026.
Quién puede usar tus fotos
El contrato tipo establece que el prestador no puede usar las fotos con fines publicitarios o de promoción sin tu autorización previa y por escrito.
Además, el artículo 86 de la Ley Federal del Derecho de Autor establece que el fotógrafo sólo puede exhibir fotos hechas por encargo como muestra de su trabajo con autorización previa. Si no quieres que tus fotos aparezcan en su portafolio o en sus redes, déjalo por escrito en el contrato.
Fuentes: Procuraduría Federal del Consumidor — Contrato tipo de prestación de servicios de estudio fotográfico, consultada el 28 de octubre de 2026; Ley Federal del Derecho de Autor (Cámara de Diputados, texto vigente), consultada el 29 de octubre de 2026.
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